El proyecto “Retos del siglo XXI. Propuestas de modernización del derecho de obligaciones. Los contratos de tracto sucesivo” (UMA18-FEDERJA-233).

No existe en la actualidad una regulación sistemática en nuestro ordenamiento de los contratos de tracto sucesivo, siendo muy diversos los problemas que plantea la disciplina de las obligaciones duraderas:

  • el límite legal de duración
  • la forma en la que la modalidad de prestación incide en la relación obligatoria, especialmente en las sinalagmáticas
  • la determinación del momento de perfección o no del contrato y como consecuencia, de su cumplimiento/incumplimiento
  • el régimen jurídico de la eficacia/ineficacia, resolución, nulidad, etc…

Para la resolución de todas estas cuestiones resulta insuficiente la regulación del Código Civil con relación a las obligaciones a plazo (arts. 1125 y ss), así como la contenida en concretos tipos negociales (contrato de mandato, contrato de arrendamiento de bienes y servicios, contrato de obra, contrato de sociedad, etc…) en los que está presente el tracto sucesivo.

La ausencia de regulación legal y en ocasiones de previsión de las partes al respecto, genera una la multiplicidad de problemas que son objeto de una muy alta litigisiosidad ante los tribunales de justicia sobre numerosos aspectos son objeto de estudio y análisis por los investigadores de ese proyecto. Para conseguir este objetivo se ha formado este grupo de investigadores de dos universidades andaluzas, la Universidad de Málaga y la Universidad de Pablo de Olavide que acumulan una importante experiencia investigadora en la materia que se propone como objeto de estudio, acompañados de un equipo de trabajo con una amplia y prestigiosa trayectoria profesional.

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Desde la declaración del estado de alarma en marzo de 2020, la emergencia sanitaria debida al COVID-19 ha puesto en cierto modo a prueba nuestro sistema jurídico para afrontar esta situación, sin que el Derecho de los contratos haya quedado ajeno a esta situación de emergencia.

Por dicho motivo se ha incorporado esta línea de trabajo al proyecto, con la finalidad de proporcionar a los juristas y a la sociedad en general, herramientas para abordar las consecuencias actuales y las que se van a ir produciendo en el ámbito de los contratos de tracto sucesivo, contratos en los que las partes no pudieron siquiera prever lo que ha sucedido y sin que, por tanto, dichos contratos prevean una especial distribución de los riesgos contemplando lo sucedido.